Sentencia Sala Constitucional – Artículo 425.9 de la LOTTT

En la Gaceta Oficial número 40.518 del 14 de octubre de 2014, fue publicada la Sentencia de la Sala Constitucional mediante la cual se establece que el numeral 9, del Artículo 425 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, referente a la Certificación que debe otorgar a la Autoridad Administrativa sobre el cumplimiento efectivo de la orden de reenganche, constituye una condición para el trámite de los recursos contenciosos administrativos de nulidad de las Providencias Administrativas y no para su admisión, pueden consultar su texto aquí:

Sentencia Sala Constitucional interpretación artículo 425.9 LOTTT

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